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Artículo 22 de la LEY de Concursos Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para pedir que una empresa o persona negociante sea declarada en concurso mercantil (algo así como una bancarrota supervisada por un juez), debes llenar un formato oficial que da a conocer el Instituto (el Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles) y firmarlo. En ese escrito tienes que incluir: el nombre del juzgado al que te diriges, tus datos completos (nombre y domicilio), los datos del comerciante al que estás demandando (incluyendo sus oficinas o bodegas si los sabes), los hechos que motivan tu petición explicados de manera clara y breve, las leyes que apoyan tu caso, y finalmente la petición de que el juez declare a ese comerciante en concurso mercantil o, si es el caso, ya directamente en quiebra (que es la etapa más fuerte del concurso).

Texto oficial

Artículo 22.- La demanda de concurso mercantil deberá ser presentada en los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, pero en cualquier caso deberá ser firmada por quien la promueva y contener: Párrafo reformado DOF 10-01-2014 I. El nombre del tribunal ante el cual se promueva; II. El nombre completo y domicilio del demandante; III. El nombre, denominación o razón social y el Domicilio del Comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas; IV. Los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente con claridad y precisión; V. Los fundamentos de derecho, y VI. La solicitud de que se declare al Comerciante en concurso mercantil, o en su caso, en concurso mercantil en etapa de quiebra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley. Fracción reformada DOF 10-01-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.