- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 232
Artículo 232 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Mientras haya bienes que se puedan vender para pagar deudas, el juez va a seguir haciendo repartos del dinero entre los acreedores. Esto aplica en un concurso mercantil, que es un proceso legal cuando una empresa no puede pagar lo que debe. Mientras el activo (lo que posee la empresa) tenga algo que se pueda convertir en efectivo, se seguirá repartiendo. En cuanto ya no quede nada que vender, ahí se termina el proceso.
Texto oficial
Artículo 232.- Los repartos concursales se continuarán haciendo mientras existan en el activo bienes susceptibles de realización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.