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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCM/256
Ley
LEY de Concursos Mercantiles
Artículo
256

Artículo 256 de la LEY de Concursos Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien presenta una demanda de concurso mercantil (que es un proceso legal para que una empresa que no puede pagar sus deudas las reestructure o se declare en quiebra), el juez debe notificarle al encargado de la administración de esa empresa. Esa persona tiene 9 días para responder por escrito. En su respuesta, también debe ofrecer las pruebas que la ley le permite presentar. Al día siguiente de que el juez reciba la contestación, se la mostrará a la persona que puso la demanda (el "actor"). Esa persona tendrá 3 días para decir lo que le convenga y, si quiere, agregar más pruebas a las que ya ofreció.

Texto oficial

Artículo 256.- Recibida la demanda de concurso mercantil, el juez deberá emplazar a quien tenga encomendada la administración de la sociedad de que se trate, concediéndole un término de nueve días para contestar. En su escrito de contestación, el encargado de la administración deberá de ofrecer las pruebas que esta Ley le autoriza. Párrafo reformado DOF 10-01-2014 Al día siguiente de que el juez reciba la contestación dará vista de ella al actor para que dentro de un término de tres días manifieste lo que a su derecho convenga y, en su caso, adicione su ofrecimiento de pruebas.

Ver texto oficial de la LEY de Concursos Mercantiles (pág. 63) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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