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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCM/261
Ley
LEY de Concursos Mercantiles
Artículo
261

Artículo 261 de la LEY de Concursos Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla sobre lo que pasa cuando una empresa está en un concurso mercantil (una especie de proceso legal para empresas que no pueden pagar sus deudas). El síndico (la persona encargada de manejar los bienes de la empresa) puede proponer vender algunos de esos bienes, pero primero necesita el visto bueno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Si la empresa no está de acuerdo con esa venta, puede poner una queja o "objeción", y entonces será un juez quien decida si la venta se hace o no.

Texto oficial

Artículo 261.- Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, podrán ser objetadas por la sociedad de que se trate y el juez resolverá lo conducente. Artículo reformado DOF 10-01-2014 TÍTULO NOVENO De la terminación del concurso mercantil Capítulo Único De la terminación del concurso mercantil

Ver texto oficial de la LEY de Concursos Mercantiles (pág. 64) ↗

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