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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCM/335
Ley
LEY de Concursos Mercantiles
Artículo
335

Artículo 335 de la LEY de Concursos Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto elige al azar, como en una rifa, a los visitadores, conciliadores y síndicos que participan en un concurso mercantil (cuando una empresa no puede pagar sus deudas). Esto se hace para que nadie pueda amañar o escoger a dedo a estas personas. El Instituto decide las reglas de cómo se hace ese sorteo.

Texto oficial

Artículo 335.- La designación de visitadores, conciliadores y síndicos para procedimientos de concurso mercantil se efectuará mediante los procedimientos aleatorios que determine el Instituto a través de disposiciones de carácter general.

Ver texto oficial de la LEY de Concursos Mercantiles (pág. 84) ↗

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