Artículo 83 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una empresa (persona moral) es declarada en concurso mercantil (como una quiebra o bancarrota), los dueños, socios o el consejo dejan de tener poder para decidir sobre los administradores, directores o gerentes. Eso significa que ya no pueden despedirlos, contratarlos o cambiar sus funciones. Esa facultad queda suspendida mientras dure el concurso. Esto aplica aunque los estatutos de la empresa o la ley digan lo contrario.
Texto oficial
Artículo 83.- En el supuesto a que se refiere el artículo anterior y tratándose de personas morales declaradas en estado de concurso, quedarán suspendidas las facultades de los órganos que, de acuerdo a la ley o a los estatutos de la empresa, tengan competencia para tomar determinaciones sobre los administradores, directores o gerentes. Capítulo IV De los efectos en cuanto a la actuación en otros juicios
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