- Ley
- LEY de la Casa de Moneda de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la LEY de la Casa de Moneda de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Casa de Moneda de México es manejada por dos autoridades: la Junta de Gobierno y el Director General. La Junta de Gobierno es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes, mientras que el Director General es la persona encargada de ponerlas en marcha. Ambos se encargan de administrar la Casa de Moneda, que es donde se hacen las monedas y billetes del país.
Texto oficial
ARTICULO 7o.- La Administración de la Casa de Moneda de México, recaerá en la Junta de Gobierno y en el Director General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.