Artículo 8 de la LEY de la Casa de Moneda de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno es el grupo que toma decisiones importantes. Está formada por cinco personas: una de ellas siempre es el titular de la Secretaría de Hacienda, otras dos las elige esa misma Secretaría, y las dos restantes las nombra el Banco de México. Al hacer estos nombramientos, se debe cumplir con la paridad de género, es decir, debe haber un balance entre hombres y mujeres. Además, por cada persona titular se debe elegir a un suplente del mismo género, para que la reemplace cuando falte temporalmente.
Texto oficial
ARTICULO 8o.- La Junta de Gobierno estará compuesta por cinco personas integrantes propietarias, siendo la primera de ellas la persona titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las demás designadas, dos por la propia Secretaría y, las dos restantes, por el Banco de México; estas designaciones se realizarán garantizando el principio de paridad de género. LEY DE LA CASA DE MONEDA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 11-05-2022 3 de 10 Por cada persona integrante propietaria la Secretaría y el Banco mencionados designarán también una suplencia, del mismo género, para que la sustituya en sus ausencias temporales. Artículo reformado DOF 11-05-2022
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