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Ley
LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Artículo
49

Artículo 49 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una autoridad emite una Recomendación o un acuerdo de no responsabilidad, eso solo aplica para el caso específico del que se habla. Las autoridades no pueden usar ese mismo documento para resolver otros casos parecidos, aunque se parezcan mucho. En pocas palabras, cada caso se trata por separado y no se pueden copiar decisiones de un caso a otro.

Texto oficial

Artículo 49.- Las Recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se referirán a casos concretos; las autoridades no podrán aplicarlos a otros casos por analogía o mayoría de razón. CAPITULO III DE LAS NOTIFICACIONES Y LOS INFORMES

Ver texto oficial de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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