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Artículo 26 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Cámara de Diputados tiene la obligación de darle dinero a la Comisión para que pueda hacer su trabajo. Ese dinero debe alcanzar para pagar sueldos, materiales, cosas básicas y servicios como renta o luz. Así la Comisión puede operar sin problemas.

Texto oficial

Artículo 26.- La Cámara de Diputados debe realizar las acciones necesarias para proveer de recursos presupuestarios a la Comisión, con el fin de que pueda llevar a cabo sus funciones. El presupuesto aprobado debe cubrir los capítulos de servicios personales, materiales y suministros, así como de servicios generales, necesarios para cumplir con sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.