Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que los militares deben cumplir con sus obligaciones sin quejarse y con buena actitud. Pero si una orden o tarea afecta su rango o jerarquía, tienen derecho a hablar con sus superiores para expresar su inconformidad. En otras palabras, no pueden negarse a trabajar, pero sí pueden pedir que se respete su puesto dentro del Ejército o la Guardia Nacional. Es como decir: "cumple sin rechistar, pero si algo te baja de categoría, puedes alzar la voz ante tu mando".

Texto oficial

Artículo 13.- El militar aceptará dignamente y con satisfacción las obligaciones que le imponga su servicio, sin oponer dificultades, pero cuando menoscabe su jerarquía militar, tendrá derecho de representar ante la superioridad. Artículo reformado DOF 10-12-2004 LEY DE DISCIPLINA DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 3 de 15

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.