Artículo 24 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los militares no deben aceptar ningún acuerdo que los lleve a deshonrarse o a romper las reglas de disciplina. Tampoco pueden dar su palabra de honor a menos que estén seguros de que podrán cumplir lo que prometen. En pocas palabras, tienen que actuar con responsabilidad y mantener su buena imagen.
Texto oficial
Artículo 24.- Los militares rehusarán todo compromiso que implique deshonor o falta de disciplina, y no darán su palabra de honor si no pueden cumplir lo que ofrecen.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.