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Ley
LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
36 Bis

Artículo 36 Bis de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Superior de Disciplina es un grupo de personas (un órgano colegiado) que se encarga de revisar cómo se portan los generales y jefes del Ejército, la Fuerza Aérea y la Guardia Nacional. Es decir, si estos altos mandos hacen algo mal en su trabajo, este consejo es el que va a investigar y tomar cartas en el asunto. Básicamente, es como el "jefe de los jefes" que vigila que los rangos más altos se comporten como deben. Este artículo se agregó a la ley el 16 de julio de 2025.

Texto oficial

Artículo 36 Bis.- El Consejo Superior de Disciplina es un órgano colegiado que conocerá de la conducta de los Generales y Jefes del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. Artículo adicionado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 7) ↗

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