Artículo 56 de la LEY de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 56 dice que en el sitio de internet de la Secretaría va a estar disponible un registro público que se actualiza diario. Ahí vas a encontrar datos como quién debe, a quién le debe, cuánto pidió prestado, la fecha del préstamo, la tasa de interés y el plazo, además de qué se dejó como garantía. También debe aparecer la tasa efectiva, que es la que suma todos los costos del crédito. Aparte, la Secretaría tiene que publicar reportes cada tres meses (dentro de los 60 días siguientes al final del trimestre) con información sobre todas las deudas de gobiernos estatales o municipales, incluyendo lo que se dejó en garantía.
Texto oficial
Artículo 56.- El Registro Público Único se publicará a través de la página oficial de Internet de la Secretaría y se actualizará diariamente. La publicación deberá incluir, al menos, los siguientes datos: deudor u obligado, acreedor, monto contratado, fecha de contratación, tasa de interés, plazo contratado, recurso otorgado en Garantía o Fuente de pago, fecha de inscripción y fecha de última modificación en el Registro Público Único. Asimismo, deberá incluir la tasa efectiva, es decir, la tasa que incluya todos los costos relacionados con el Financiamiento u Obligación de acuerdo con la metodología que para tal efecto expida la Secretaría a través de lineamientos. La Secretaría elaborará reportes de información específicos, mismos que tendrán como propósito difundir, cuando menos, la siguiente información: identificación de los recursos otorgados en Garantía o Fuente de pago de cada Entidad Federativa o Municipio, registro histórico y vigente de los Financiamientos y Obligaciones. Los reportes de información específicos deberán publicarse en la página oficial de Internet de la Secretaría, debiendo actualizarse trimestralmente dentro de los 60 días posteriores al término de cada trimestre. LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 10-05-2022 27 de 34
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