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Artículo 61 de la LEY de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si un servidor público hace algo que viole esta ley o las reglas relacionadas, o deja de hacer algo que debía hacer, se le va a castigar. Ese castigo se aplica según las leyes que hablan de las responsabilidades de los funcionarios públicos. Todo esto está basado en lo que dice el Título Cuarto de la Constitución Mexicana.

Texto oficial

Artículo 61.- Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la presente Ley y demás disposiciones aplicables en la materia, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la legislación en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y demás disposiciones aplicables, en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.