Artículo 15 de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Plan Nacional de Desarrollo y su parte de Desarrollo Social tienen que estar alineados con lo que dicen los programas de apoyo a personas adultas mayores. Esto significa que, cuando se haga o se ponga en marcha ese Plan, debe tomar en cuenta las reglas y metas ya establecidas para cuidar a los adultos mayores.
Texto oficial
Artículo 15.- En su formulación y ejecución, el Plan Nacional de Desarrollo, particularmente de su Capítulo de Desarrollo Social, deberá ser congruente con los principios, objetivos e instrumentos de los programas de atención a las personas adultas mayores, integrados en la política nacional respectiva. Artículo reformado DOF 26-01-2005
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.