Artículo 46 de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los procedimientos legales deben ser rápidos y directos. Esto significa que se busca resolver los asuntos lo más pronto posible, sin tantas vueltas ni papeleo. Además, se prefiere hablar directamente con las personas involucradas, como los quejosos o autoridades, en lugar de estar esperando cartas o documentos. Así se evitan retrasos innecesarios. En pocas palabras, la ley quiere que todo sea ágil y con comunicación cara a cara.
Texto oficial
Artículo 46. Los procedimientos se regirán conforme a los principios de inmediatez, concentración y rapidez, y se procurará, en la medida de lo posible, el contacto directo con quejosos, denunciantes y autoridades para evitar la dilación de las comunicaciones escritas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.