Artículo 110 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Gobierno de México, a través de sus dependencias, va a poner límites o cobrar impuestos extra (como aranceles o cuotas) a productos del campo que vengan del extranjero, para proteger a los productores nacionales cuando esos productos extranjeros estén subsidiados y hagan daño. También dice que si los productores mexicanos necesitan defenderse en organismos internacionales (como denunciar a otro país por prácticas injustas), el Gobierno puede ayudarlos y hasta pagar parte de los gastos, dependiendo de cuánto dinero tengan esos productores.
Texto oficial
Artículo 110.- El Ejecutivo Federal aplicará las medidas que los Comités Sistema-Producto específicos, le propongan a través de la Comisión Intersecretarial, previa su evaluación por parte de ésta, para la protección de la producción nacional por presupuesto anual, para equilibrar las políticas agropecuarias y comerciales del país con la de los países con los que se tienen tratados comerciales, tales como el establecimiento de pagos compensatorios, gravámenes, aranceles, cupos y salvaguardas, entre otros, y para contribuir a la formación eficiente de precios nacionales y reducir las distorsiones generadas por las políticas aplicadas en otros países. La Comisión Intersecretarial instrumentará las medidas para evitar que las importaciones de productos con subsidios, obstaculicen el proceso de comercialización de la producción y perjudiquen a los productores nacionales. El Gobierno Federal, a solicitud de los Comités de Sistema-Producto o, en su defecto, del Consejo Mexicano, emprenderá con la participación de los productores afectados, las demandas, controversias, excepciones, estudios y demás procedimientos de defensa de los productores nacionales en el ámbito internacional, coparticipando con los costos que ello involucre y tomando en cuenta la capacidad económica del grupo de productores de que se trate.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.