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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LDRS/165
Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
165

Artículo 165 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los gobiernos de México (el federal, los estatales y los municipales) pueden ponerse de acuerdo para promover que uses el suelo de la manera más adecuada, según sus características y lo que pueda producir mejor. También fomentarán que uses métodos de producción que cuiden y mejoren tanto la tierra como el agua. Esto solo pasa si los gobiernos deciden hacerlo entre ellos, no es obligatorio.

Texto oficial

Artículo 165.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo anterior, los gobiernos federal, estatales y municipales, cuando así lo convengan, fomentarán el uso del suelo más pertinente de acuerdo con sus características y potencial productivo, así como los procesos de producción más adecuados para la conservación y mejoramiento de las tierras y el agua.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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