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Artículo 33 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Un grupo de secretarías de gobierno, junto con el Consejo Mexicano, va a crear una política nacional para investigar cómo hacer que el campo funcione mejor de manera sustentable. Esta política tomará en cuenta las necesidades de los productores y de la gente del campo, y seguirá las reglas de otras leyes como la de Ciencia y Tecnología. Además, incluirá medidas para tener un equipo especial que resuelva conflictos y dé opiniones técnicas, usando las computadoras e internet para compartir avances con todos los involucrados. Todo esto busca que las investigaciones ayuden a planear el desarrollo del campo de manera justa y que beneficien la producción nacional.

Texto oficial

Artículo 33. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, integrará la Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, la cual será de carácter multidisciplinario e interinstitucional considerando las prioridades nacionales, estatales y regionales; asimismo, llevará a cabo la programación y coordinación nacional en esta materia, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley de Ciencia y Tecnología y en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás ordenamientos aplicables, tomando en consideración las necesidades que planteen los productores y demás agentes de la sociedad rural. Párrafo reformado DOF 09-12-2010 La Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable, con base en las instituciones competentes y utilizando los recursos existentes, incluirá las medidas para disponer de una instancia con capacidad operativa, autonomía efectiva y autoridad moral para emitir los dictámenes y resoluciones arbitrales que se requieran, para cuya elaboración deberá tomarse en cuenta las recomendaciones que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; asimismo, tenderá a contar con un adecuado diagnóstico permanente de los diferentes aspectos necesarios para la LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-06-2024 19 de 75 planeación del desarrollo rural sustentable y a la búsqueda de soluciones técnicas acordes a los objetivos soberanos de la producción nacional. Párrafo reformado DOF 09-12-2010 La política nacional de investigación contemplará el uso de las tecnologías de información y comunicación tanto para su formulación como la difusión de avances, con los diversos actores de la sociedad rural. Párrafo adicionado DOF 18-06-2010

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.