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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
43

Artículo 43 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que se va a crear un sistema llamado Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral. Su objetivo es juntar y aprovechar todo lo que el gobierno, las empresas y la sociedad civil saben sobre cómo capacitar y ayudar técnicamente a la gente del campo. Además, para que este sistema funcione mejor, debe usar herramientas como internet y computadoras (tecnologías de la información).

Texto oficial

Artículo 43.- Para el logro de los propósitos enunciados en el artículo anterior, se establece el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, como una instancia de articulación, aprovechamiento y vinculación de las capacidades que en esta materia poseen las dependencias y entidades del sector público y los sectores social y privado. El Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral deberá contemplar el uso de las tecnologías de información y comunicación para el cumplimiento de sus propósitos. Párrafo adicionado DOF 18-06-2010

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 23) ↗

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