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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
51

Artículo 51 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de todo el país va a ayudar a que los grupos de productores (como cooperativas de agricultores o ganaderos) aprendan a darse asesoría técnica entre ellos mismos. Además, estos grupos pueden recibir apoyos directos del gobierno para mejorar su trabajo. Básicamente, si eres parte de una organización de productores, el gobierno te puede echar la mano para que tú y tus compañeros se especialicen y resuelvan sus propios problemas técnicos.

Texto oficial

Artículo 51.- El Gobierno Federal fomentará la generación de capacidades de asistencia técnica entre las organizaciones de productores, mismos que podrán ser objeto de apoyo por parte del Estado.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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