Artículo 39 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que se va a crear un grupo de personas llamadas expertas en producir y vender café, junto con representantes de otros sectores relacionados. Este grupo se llama Comité de Comercialización del Café. Su trabajo es revisar toda la información importante sobre cuánto café se produce, cuánto se consume en México, cuánto se importa del extranjero y cuánto se exporta. Con esa información, el Comité le va a proponer a la Comisión ideas de políticas públicas para controlar cuánto café hay disponible y cuánta gente lo quiere comprar en el país.
Texto oficial
Artículo 39. La Comisión establecerá un Comité de Comercialización del Café, que estará integrado por personas expertas en la producción y comercialización del café, así como por representantes de los sectores involucrados. El Comité tendrá la responsabilidad de revisar la información relativa a la producción de café, el consumo interno, las importaciones y exportaciones, entre otras cuestiones relevantes. Con base en la información recabada y su análisis, el Comité presentará a la Comisión propuestas de políticas públicas y medidas relacionadas con la oferta y demanda nacional de café mexicano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.