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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura
Artículo
57

Artículo 57 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del campo) va a apoyar para que el café que se cultiva en México sea de mejor calidad, sin importar cómo lo siembren los productores. Esto aplica para todos los métodos que se usan en el país, como el sistema tradicional, el de sombra variada, el de sombra con un solo tipo de árbol y el que combina café con otros cultivos. La idea es mejorar el café en todos estos sistemas de producción.

Texto oficial

Artículo 57. La Secretaría fomentará el mejoramiento de las calidades del cultivo agroforestal de café bajo diversos sistemas de producción que se realizan en México, como son, el sistema tradicional, el de sombra diversificada, el de sombra especializada y el policultivo comercial.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura (pág. 15) ↗

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