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Artículo 69 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cualquier café o producto que tenga café como ingrediente debe cumplir con las reglas oficiales de México para poder venderse. También necesita tener los permisos y certificados que pide la ley para garantizar que sea de buena calidad, seguro para el consumo y hecho de manera que no dañe el medio ambiente. Las autoridades revisan que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 69. Todo producto a base de café y sus derivados deberá observar las Normas Oficiales Mexicanas para su comercialización y cumplirá con las certificaciones correspondientes conforme a la legislación vigente, así como cualquier otra disposición legal que regule la producción, comercialización y consumo de productos derivados del café, garantizando que dichos productos cumplan con los estándares de calidad, seguridad y sostenibilidad requeridos por las autoridades competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.