Artículo 39 de la LEY sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes cambiar ni la letra ni la música del Himno Nacional, ni siquiera hacer una versión o arreglo, aunque sea de una parte. Tampoco debes cantarlo o tocarlo para ganar dinero. Si quieres interpretar el himno de otro país en México, necesitas pedir permiso a la Secretaría de Gobernación, además de cumplir con las reglas de ese país.
Texto oficial
ARTÍCULO 39.- Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente con composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro. Para cantar o ejecutar los himnos de otras naciones en territorio nacional, se deberá tramitar la autorización correspondiente ante la Secretaría de Gobernación, sin perjuicio de lo que señalen las disposiciones de cada país. Artículo reformado DOF 11-05-2018
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.