LEY sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El Escudo, la Bandera y el Himno Nacional son los símbolos más importantes de México. Esta ley es obligatoria para todos y explica cómo deben ser estos símbolos, cómo se pueden usar, y cómo mostrarles respeto. También dice cómo deben hacerse los honores a la Bandera y cómo cantar o tocar el Himno Nacional.
- Art. 2El Escudo de México tiene una águila parada sobre un nopal que crece en una roca dentro de un lago. El águila está de lado, mostrando su perfil izquierdo, con las alas medio abiertas como si estuviera lista para pelear. Con una pata agarra el nopal, y con la otra pata y el pico sostiene una víbora doblada, como si la fuera a comer. Alrededor hay ramas de encino y laurel que forman un medio círculo, unidas con un listón de tres colores como la bandera. Si ves el escudo al revés de la bandera, el águila cambia de lado: se para con la pata derecha y agarra la víbora con la izquierda. También hay copias del escudo guardadas en el Archivo General de la Nación, el Museo Nacional de Historia y la Casa de Moneda.
- Art. 3La Bandera Nacional es un rectángulo dividido en tres franjas del mismo tamaño, con los colores verde, blanco y rojo en ese orden, empezando desde el lado donde va el asta. En medio de la franja blanca lleva el Escudo Nacional, cuyo tamaño mide tres cuartas partes del ancho de esa franja. La bandera tiene una proporción de cuatro de ancho por siete de largo. También puede llevar un moño o corbata de los mismos colores en la parte de abajo del asta. Para que no se pierda el diseño oficial, hay dos modelos guardados: uno en el Archivo General de la Nación y otro en el Museo Nacional de Historia, ambos firmados por los tres poderes del gobierno.
- Art. 4El himno nacional tiene una letra y música oficial que están escritas en un capítulo especial de esta ley. Los presidentes de la República, el Congreso y la Suprema Corte de Justicia ya confirmaron que esos textos y partituras son los verdaderos. Esos documentos originales se guardan para siempre en tres lugares: el Archivo General de la Nación, la Biblioteca Nacional y el Museo Nacional de Historia. Así cualquier persona puede saber cuál es la versión exacta y correcta del himno.
- Art. 5Si vas a hacer una copia del Escudo Nacional, esa copia tiene que ser exactamente igual al diseño oficial que viene en la ley. No puedes cambiarle ni un solo detalle, sin importar la situación.
- Art. 6Las autoridades del gobierno pueden usar el escudo nacional sin pedir permiso, pero si una empresa o una persona quiere usarlo, necesita la autorización de la Secretaría de Gobernación y debe cumplir con las reglas de la ley. El escudo solo se puede usar si ayuda a fomentar el respeto a la bandera y a explicar su origen, historia y significado. Cuando las autoridades ponen el escudo en monedas, medallas, sellos, papeles oficiales, edificios, carros o páginas de internet, solo pueden escribir las palabras "Estados Unidos Mexicanos" alrededor del escudo, formando un semicírculo en la parte de arriba.
- Art. 7Las autoridades y las instituciones pueden poner su nombre en la Bandera Nacional, pero solo si eso ayuda a que la gente respete y honre este símbolo patrio. No deben tapar ni modificar el Escudo Nacional que está en el centro de la bandera. Además, la bandera debe cumplir exactamente con las medidas y características que dice el artículo 3 de esta ley. Si una institución quiere hacerlo, necesita un permiso especial de la Secretaría de Gobernación. En pocas palabras, está permitido, pero con reglas muy estrictas para no faltarle al respeto a la bandera.
- Art. 8La Secretaría de Gobernación es la encargada de organizar y controlar el acto del Abanderamiento (cuando se entrega y rinde honores a una bandera), siguiendo las reglas que marca esta ley. Para hacerlo, emitirá instrucciones o guías llamadas "lineamientos" que todos deben respetar. Esto aplica tanto en lo que dice la Ley como en su Reglamento (el documento que explica los detalles de la Ley). En pocas palabras, el gobierno federal es quien pone las reglas para que el Abanderamiento se haga bien en todo el país.
- Art. 9En fiestas patrias o eventos del gobierno donde esté la Bandera Nacional, todos los que estén ahí deben saludarla al mismo tiempo, como mínimo. Esa "saludada" se hace con la mano derecha extendida al pecho (el saludo civil). Tiene que hacerse como marca la ley y sus reglamentos. Si no sabes cómo hacerlo, checa el Artículo 14 que lo explica a detalle.
- Art. 10El 24 de febrero se celebra oficialmente el Día de la Bandera en México. Ese día, las estaciones de radio y televisión deben pasar programas especiales que expliquen la historia y el significado de la Bandera Nacional. Además, las autoridades (como presidentes municipales, gobernadores o funcionarios) organizan actividades cívicas para honrar y recordar la importancia de la bandera. Es como un homenaje donde se refuerza el respeto y el orgullo por este símbolo patrio.
- Art. 11En edificios del gobierno que tengan espacio suficiente, es obligatorio hacer una ceremonia en honor a la Bandera los días 24 de febrero, 15 y 16 de septiembre y 20 de noviembre de cada año. Las autoridades y escuelas pueden organizar estos honores, pero deben seguir las reglas de seriedad y los pasos que marcan otros artículos de la ley. Durante la ceremonia, es obligatorio tocar el Himno Nacional. Esto aplica solo a instituciones públicas, no a casas particulares.
- Art. 12Cuando se rinden honores a la Bandera Nacional, primero se hacen a ella y después a cualquier persona, como autoridades. Esto significa que la bandera siempre tiene prioridad sobre cualquier persona. Por ejemplo, en un evento donde se salude a la bandera y luego a un funcionario, primero va el saludo a la bandera. Es una forma de mostrar respeto al símbolo patrio antes que a individuos.
- Art. 13La Bandera de México solo saluda en tres casos muy específicos: inclinándose un poco (sin tocar el piso) cuando pasa frente a otra bandera, ya sea mexicana o de otro país; durante ceremonias especiales para honrar restos o símbolos de héroes nacionales; o para devolver un saludo del Presidente de México o de un líder extranjero, pero solo si el otro país también saluda a nuestra bandera. En cualquier otra situación, la bandera no debe inclinarse ni saludar a personas, objetos o símbolos.
- Art. 14Cuando saludes a la Bandera Nacional, párate derecho y firme, pon tu mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo, justo donde está tu corazón. Si eres hombre, también debes tener la cabeza descubierta, sin gorra ni sombrero. El Presidente de la República, por ser el Jefe de las fuerzas armadas, saluda con un saludo militar.
- Art. 15El artículo 15 dice que en los edificios de oficinas del gobierno mexicano, embajadas y consulados en el extranjero, escuelas, hospitales públicos, oficinas de migración, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos y plazas públicas que el gobierno decida, se debe poner la Bandera Nacional en las fechas y formas que marca el artículo 18 de esta misma ley. También, todos los aviones y barcos mexicanos deben llevar la bandera y usarla según las reglas. En las escuelas, se debe rendir honores a la bandera los lunes, ya sea al empezar las clases o en otro horario que la escuela elija ese día, y también al inicio y al final del ciclo escolar.
- Art. 16En pocas palabras, este artículo dice que en los edificios oficiales y lugares públicos que la ley menciona (como oficinas de gobierno o escuelas), la Bandera debe estar izada (es decir, ondeando en lo alto) todos los días del año, sin excepción. Solo se puede bajar o quitar por accidentes o situaciones imprevistas muy graves, como un desastre natural o una emergencia que lo impida. Así que, a menos que pase algo fuera de lo común, la bandera siempre tiene que estar ondeando en esos lugares.
- Art. 17Las banderas que se colocan en edificios públicos deben tener el tamaño adecuado y estar en buen estado, para que se vean dignas. Una persona encargada las va a cuidar y se asegurará de que se suban y bajen a tiempo en las fechas importantes, y también de que se les hagan los honores correspondientes, como tocar el himno o hacer saludos, siempre que sea posible.
- Art. 18Artículo 18 dice que en los edificios y lugares públicos que menciona el artículo 15, debes izar la Bandera Nacional en fechas especiales. Primero, la izas a toda asta (es decir, completamente arriba del mástil) en días como el 5 de febrero por la Constitución, el 15 de septiembre por la Independencia, o el 20 de noviembre por la Revolución Mexicana. También la pones a media asta (a la mitad del mástil) en fechas de luto, como el 14 de febrero por la muerte de Vicente Guerrero. Así que, básicamente, tienes que poner la bandera en ciertos días del año según si son celebraciones o conmemoraciones tristes.
- Art. 19Si pasa algo muy importante para México (como una celebración o un momento especial), el Presidente puede ordenar que se ponga la Bandera Nacional aunque no sea uno de los días oficiales del calendario. Los gobernadores de cada estado también pueden hacer lo mismo, pero solo en su propio estado y en situaciones parecidas.
- Art. 20El Artículo 20 ya no existe en esta ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente por una reforma en 2018, así que ya no tiene ningún efecto legal ni obligación para nadie. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente actualmente, por lo que no debes preocuparte por lo que decía.
- Art. 21Todas las escuelas de México, sean públicas o privadas, tienen la obligación de tener una Bandera Nacional. Esta bandera se debe usar en ceremonias cívicas, como los honores a la bandera. El objetivo es que los alumnos aprendan a respetarla y a sentir orgullo por ella. En pocas palabras, es una regla para fomentar el amor a los símbolos patrios desde la escuela.
- Art. 22Cuando a una Bandera Nacional le dan un premio o reconocimiento, la medalla o insignia se coloca en la cinta o moño que lleva en la parte de arriba del asta. Eso es lo que llaman "la corbata" de la bandera, que es una especie de listón decorativo. Así que, si ves una bandera con una condecoración, va a estar puesta en ese lugar.
- Art. 23Cuando se haga un evento oficial internacional en México, solo se pueden poner las banderas de los países con los que el gobierno mexicano tenga relaciones diplomáticas (o sea, que sean aliados o amigos reconocidos). A esas banderas se les deben dar los mismos honores que a la Bandera de México. Pero si el evento es deportivo, cultural o de otro tipo, como unos Juegos Olímpicos o un festival, entonces sí se pueden usar banderas de países con los que México no tenga relaciones diplomáticas, siempre y cuando se sigan las reglas de protocolo.
- Art. 23 BisCuando en México se realice un evento deportivo internacional, como unos Juegos Olímpicos o un campeonato mundial, la ceremonia de poner la bandera y tocar el himno nacional debe hacerse exactamente como lo marca esta Ley y su Reglamento. Esto quiere decir que no se puede hacer de manera improvisada o solo porque alguien lo decida, sino que hay reglas específicas que se deben seguir. La ley aplica para eventos que sean de carácter internacional y que se lleven a cabo dentro del territorio mexicano.
- Art. 24Cuando en un evento estén la Bandera de México y banderas de otros países, primero se le deben hacer los honores a la mexicana y luego a las demás, en el orden que toque. Además, la Bandera Nacional siempre debe estar en el lugar más importante o principal, como al centro o a la derecha de quien la ve. Esto aplica para ceremonias oficiales o actos públicos donde se usen banderas de varios países.
- Art. 25Imagínate que vas a realizar la ceremonia oficial para que una escuela o institución reciba su Bandera de México. La persona encargada de hacer la entrega toma la Bandera y, dirigiéndose a todos los presentes, dice un discurso muy especial: "Vengo, en nombre de México, a encargarles esta Bandera que representa nuestra independencia, honor e instituciones. ¿Protestan honrarla y defenderla con lealtad?". La escolta de la institución debe responder al unísono: "Sí, protesto". Después, la autoridad que entregó la Bandera dice que la Patria confía en que cumplirán su promesa. Finalmente, se entrega la Bandera al representante de la institución, quien se la pasa al abanderado que la va a portar, y mientras tanto suena el Himno Nacional y la música de "Bandera".
- Art. 26Cuando varias oficinas o escuelas reciben la Bandera Nacional al mismo tiempo en una ceremonia oficial, tienen que hacer lo que dice el Reglamento de esta ley para saber cómo actuar. Es decir, no se puede hacer cada quien a su modo, sino que deben seguir un procedimiento ya establecido. Esto aplica, por ejemplo, si varias instituciones reciben la bandera en un mismo evento. La ley se actualizó en 2018 para dejar esto más claro.
- Art. 27Cuando una escolta desfila con la Bandera, la persona que lleva la bandera debe ponerse el portabandera (como un soporte especial que se ajusta al cuerpo) para que la funda donde se mete el asta quede sobre su cadera derecha. Luego mete el extremo de abajo del asta en esa funda y, con la mano derecha a la altura del hombro, sostiene la bandera derecha pero ligeramente inclinada hacia adelante. Lo más importante es que nunca deje que la bandera toque el suelo.
- Art. 28Cuando alguien de la escolta, guardia o banda de guerra haga un alto (deje de avanzar), debe sacar el asta (el palo largo donde va la bandera) del soporte donde va montada, y bajarla hasta que el regatón (la punta metálica de abajo) toque el suelo, unos diez centímetros a la derecha de la punta del pie de ese lado. Luego tiene que sostenerla derecha y con la mano derecha a la altura del pecho.
- Art. 29Cuando un evento dure mucho tiempo y la bandera tenga que estar presente, al que la carga y a los que la escoltan se les puede cambiar para que descansen. Es decir, pueden entrar otros relevos si la ceremonia se alarga.
- Art. 30Si dos grupos que llevan la Bandera Nacional se encuentran mientras caminan, los abanderados, cuando estén a seis pasos de distancia, deben levantar la mano derecha en el asta a la altura de los ojos. Luego, después de dar dos pasos, inclinan la bandera despacio hacia adelante sin que toque el suelo, y la mantienen así hasta que hayan pasado cuatro pasos más. En ese momento, la levantan de nuevo y, tras dos pasos adicionales, bajan la mano a su lugar normal. Si un grupo está quieto y el otro se acerca, el abanderado del grupo quieto solo tiene que saludar como lo dice el artículo 13.
- Art. 31El coche del Presidente de la República puede llevar la Bandera Nacional. Si un diplomático mexicano (como un embajador) está en otro país, también puede poner la bandera en un asta sobre su vehículo.
- Art. 32Como persona, puedes poner una bandera de México en tu carro, en tu casa o en tu trabajo, sin que importe el tamaño que tenga. Lo único que debes cuidar es tratarla con respeto, porque es un símbolo patrio.
- Art. 32 BisNinguna persona o empresa puede poner la Bandera Nacional en sus anuncios, productos o promociones para venderse o ganar clientes. Esto aplica tanto si eres un negocio como si eres una persona común. La regla es simple: no uses la bandera para hacerte publicidad o dar a conocer lo que vendes.
- Art. 33Las banderas nacionales que se venden en tiendas deben cumplir con las reglas del artículo 3 de esta ley, que dice cómo debe ser el diseño oficial. No puedes comprar ni vender banderas que tengan escritas las frases o nombres que autoriza el artículo 7, como las que se usan en actos cívicos. En pocas palabras, las banderas para uso comercial no pueden llevar ningún texto.
- Art. 33 BisSi alguien quiere usar la Bandera o el Himno Nacional para vender productos, como playeras, tazas o cualquier otro artículo, debe seguir las reglas que marca el Reglamento de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Esto aplica solo para fines comerciales, no para usos personales o patrióticos. El reglamento es un documento donde se explican los detalles específicos, como en qué condiciones y de qué manera se pueden usar estos símbolos. La ley ya dice cómo se deben tratar, pero este artículo nuevo aclara que, para negocios, hay requisitos extra que hay que cumplir. Si no los respetas, podrías meterte en problemas legales.
- Art. 34La Banda Presidencial es una forma especial de mostrar la Bandera Nacional y representa el poder del Presidente de la República. Solo el Presidente puede usarla, y tiene los tres colores de la bandera (verde, blanco y rojo) en franjas del mismo ancho puestas a lo largo, con el verde arriba. Sobre los tres colores, a la altura del pecho, lleva el Escudo Nacional bordado con hilo dorado, y las puntas de la banda terminan con un fleco también dorado.
- Art. 35El Presidente de México debe usar la Banda Presidencial en eventos oficiales muy importantes, pero hay cuatro ocasiones en las que está obligado a llevarla: cuando entrega o recibe el poder, cuando da su informe anual al Congreso, la noche del Grito de Independencia el 15 de septiembre y cuando recibe a embajadores de otros países. La banda es un símbolo de su cargo, como una especie de lista o cinta que cruza el pecho.
- Art. 36El artículo 36 dice cómo se debe usar la Banda Presidencial: va del hombro derecho al costado izquierdo, debajo del saco (el traje) y ajustada a la altura de la cintura. La única excepción es durante la ceremonia de cambio de gobierno, cuando tanto el Presidente que sale como el que llega la llevan por completo descubierta, una después del otro. Esto significa que en ese evento especial no se esconde debajo del saco, sino que se muestra toda la banda.
- Art. 37El día que un nuevo presidente toma el cargo, ya después de que hizo el juramento frente al Congreso, el presidente que sale le tiene que devolver la Banda Presidencial al presidente del Congreso. Ese presidente del Congreso se la entrega al nuevo presidente, y es él mismo quien se la pone. Es un paso de la ceremonia que marca oficialmente el cambio de mando.
- Art. 38El artículo 38 dice, en palabras sencillas, que el Himno Nacional solo se puede cantar o tocar con la letra y música oficiales que marca la ley. No puedes cambiarlo ni usar una versión diferente. Además, cuando lo interpretes, siempre debes hacerlo con respeto y en un lugar o evento que sea formal y serio, como en ceremonias cívicas. Por ejemplo, no está bien cantarlo en tono de broma o en un ambiente ruidoso. La idea es que siempre se trate con la dignidad que merece.
- Art. 39No puedes cambiar ni la letra ni la música del Himno Nacional, ni siquiera hacer una versión o arreglo, aunque sea de una parte. Tampoco debes cantarlo o tocarlo para ganar dinero. Si quieres interpretar el himno de otro país en México, necesitas pedir permiso a la Secretaría de Gobernación, además de cumplir con las reglas de ese país.
- Art. 39 BisLos pueblos indígenas y afromexicanos tienen derecho a cantar el Himno Nacional en su propia lengua, pero solo si la traducción está autorizada. Para eso, sus autoridades pueden pedir permiso a la Secretaría de Gobernación, quien revisará la traducción con ayuda del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Una vez aprobada, la secretaría guarda un registro oficial de esa versión. El instituto también puede ayudarles a hacer la traducción si lo necesitan.
- Art. 40Si vas a imprimir o copiar el Himno Nacional, tienes que usar exactamente la letra y la música que vienen en esta ley, sin cambios. Además, si quieres hacer un evento de teatro, una película, un programa de radio o televisión, o algo parecido que muestre el Himno o hable de sus autores, necesitas pedir permiso a la Secretaría de Gobernación y a la de Cultura. Cada una revisará lo que le toca según su área. Esto aplica tanto para personas como para empresas.
- Art. 41Las empresas que tienen permiso para operar estaciones de radio o canales de televisión con fines comerciales, públicos o sociales deben pasar el Himno Nacional en los horarios de las 6 de la mañana y las 6 de la tarde, usando los tiempos que el gobierno les asigna para estos fines. En el caso de la televisión, además de transmitir el himno, tienen que mostrar al mismo tiempo la imagen de la Bandera Nacional en la pantalla. Esto aplica para cualquier tipo de estación de radio o televisión que funcione bajo la ley de telecomunicaciones. Es una obligación que deben cumplir sin falta.
- Art. 42El Himno Nacional solo puede tocarse completo o en partes en eventos formales del gobierno, como ceremonias oficiales, cívicas, culturales, escolares o deportivas, y también para rendirle honores a la Bandera o al Presidente de México. Cuando sea para honrar a la Bandera o al Presidente, se debe tocar el coro, luego la primera estrofa, y terminar repitiendo el coro. En los eventos deportivos que organicen asociaciones o sociedades deportivas según la ley, se puede tocar el Himno Nacional antes del evento para rendirle honores a la Bandera, siempre con respeto y seriedad.
- Art. 43Cuando le toquen el Himno Nacional para hacerle honores al Presidente, las bandas de guerra deben tocar una pieza llamada "Marcha de Honor". Si en lugar de tocarlo lo están cantando, las bandas de guerra tienen que quedarse en silencio. Pero si son honores a la bandera, la banda de música toca el Himno y al mismo tiempo las bandas de guerra tocan otra pieza llamada "Bandera". En ningún evento se puede tocar el Himno más de dos veces para honrar a la bandera ni más de dos veces para honrar al Presidente.
- Art. 44Cuando tocan el Himno Nacional en eventos cívicos, si hay grupos de personas cantando a coro, las bandas de guerra deben dejar de tocar y guardar silencio. Esto es para que se escuche bien la voz de quienes están cantando, sin que los instrumentos militares interrumpan.
- Art. 45El artículo 45 dice que cuando toquen el Himno Nacional en un evento público, debes pararte firme, como un soldado en formación. Si eres hombre, tienes que quitarte el sombrero, gorra o cualquier cosa que traigas en la cabeza. Las mujeres no tienen que descubrirse la cabeza, a menos que el contexto lo exija. Es una forma de mostrar respeto, sin necesidad de hacer mucho más que eso.
- Art. 46En todas las escuelas de preescolar, primaria y secundaria es obligatorio que enseñen el Himno Nacional. Además, cada año las autoridades de educación deben organizar un concurso de coros infantiles donde los estudiantes canten el himno. Este concurso es para todos los alumnos de educación básica del país.
- Art. 47Cuando se toque el Himno Nacional junto con el de otro país en un evento oficial, primero debe sonar el de México. Si el evento es internacional y México es el país anfitrión, hay que seguir las reglas del protocolo que se use en ese momento.
- Art. 48Las embajadas y consulados de México deben asegurarse de que en eventos oficiales y formales para celebrar fechas patrias, como el 15 de septiembre, se toque el Himno Nacional. Esto aplica solo en ceremonias importantes donde se busca honrar a México en el extranjero. Quiere decir que los representantes del país afuera tienen la obligación de incluir el himno en esos actos especiales.
- Art. 49Si quieres tocar o cantar el Himno Nacional en fiestas o eventos en el extranjero que no sean ceremonias cívicas, la embajada o consulado de México en ese país te lo puede autorizar, pero solo si la Secretaría de Relaciones Exteriores lo consulta primero con la Secretaría de Gobernación. Además, esas mismas oficinas mexicanas le tienen que pedir al gobierno extranjero que no permita que usen el himno para hacer negocio o ganar dinero.
- Art. 50Cuando uses la bandera o el escudo nacional, o cuando toques el himno como parte de las fuerzas armadas, tienes que seguir exactamente lo que digan las leyes y reglamentos que ya existen para eso. Es decir, no puedes hacerlo a tu modo, sino como lo marquen las reglas oficiales. Esto aplica solo para el Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea, no para los civiles. Básicamente, las leyes ya te dicen cómo hacerlo bien, y tienes que cumplirlas al pie de la letra.
- Art. 51El gobierno federal, el de los estados y el de los municipios, incluyendo las alcaldías de la Ciudad de México, deben fomentar, cada quien en lo que les toca, el respeto y la veneración a la bandera, el escudo y el himno nacional. Esto significa que tienen que hacer acciones para que la gente valore estos símbolos, como eventos cívicos o promoción en escuelas y espacios públicos. No es algo opcional, es una obligación para todas estas autoridades.
- Art. 52Si otro país permite que México use su bandera y himno en su territorio, el gobierno mexicano, a través de la Secretaría de Gobernación, puede hacer lo mismo aquí. Es decir, puede decidir cómo y cuándo se puede usar la bandera y tocar el himno de ese país en México. Esto solo aplica si hay un acuerdo mutuo entre ambas naciones.
- Art. 53La Secretaría de Relaciones Exteriores se encargará de que en todas las embajadas y consulados de México se toque el Himno Nacional y se sigan los protocolos de la Bandera en eventos importantes. También tendrá que poner un lugar especial y visible en cada embajada o consulado para colocar la Bandera Nacional. Esto aplica solo para celebraciones formales, no para cualquier junta o evento casual.
- Art. 54La ley dice que las autoridades de educación tienen que asegurarse de que en todas las escuelas del país se enseñe bien qué significan y representan los símbolos patrios, como la bandera, el himno y el escudo. También deben organizar y poner las reglas para concursos nacionales sobre esos símbolos, siguiendo lo que diga el reglamento oficial. En palabras simples, el gobierno escolar tiene que fomentar el respeto y conocimiento de la bandera, el himno y el escudo, e incluso hacer competencias para que la gente aprenda más de ellos.
- Art. 54 BisSi tienes una copia o réplica de la Bandera Nacional que ya no sirve o está muy vieja, no la puedes tirar a la basura. La única forma de deshacerte de ella es quemándola en una ceremonia seria y con respeto. Eso sí, debes seguir las reglas que marca el reglamento oficial sobre cómo hacer esa quema. Esta ley aplica desde 1995 y es parte de las obligaciones que tenemos todos con la bandera.
- Art. 55La Secretaría de Gobernación es la encargada de checar que se cumpla esta ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y todas las autoridades del país tienen que ayudarle en eso. Las autoridades educativas, por su parte, tienen que vigilar que se respete la ley dentro de las escuelas. Todo esto se hace siguiendo los reglamentos que ya están establecidos.
- Art. 56El Artículo 56 dice que cometes una falta contra la ley si haces cualquiera de estas cosas: 1. Cambias o modificas el diseño de la Bandera Nacional que marca la ley. 2. Usas el Escudo Nacional sin permiso de la autoridad correspondiente. 3. Le pones a la Bandera el nombre o razón social de una institución sin autorización. 4. Vendes banderas que tengan escritos o inscripciones de cualquier tipo. 5. No le rindes honores a la Bandera cuando debes hacerlo, según la ley. 6. Le pones a la Bandera el nombre de una persona o institución para promover su imagen o productos. 7. Usas la banda presidencial sin ser el presidente. 8. Cambias la letra o música del Himno Nacional, o lo tocas en versiones o arreglos no autorizados. 9. Cantas o tocas el Himno Nacional para ganar dinero. 10. Cantas o tocas himnos de otros países sin permiso. 11. No transmites el Himno Nacional en los tiempos que el Estado debe hacerlo. Todas estas acciones son infracciones, es decir, faltas a la ley.
- Art. 56 BisEste artículo dice que si cometes una falta de las que habla la ley anterior, para castigarte se va a seguir el proceso que está explicado en el Título Cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Es como si te dijeran: "Para aplicarte la multa o sanción, vamos a hacer todo conforme a las reglas que ya están escritas en otra parte de la ley". En pocas palabras, no se pueden inventar un proceso nuevo, sino que deben seguir el procedimiento ya establecido.
- Art. 56 QuáterArtículo 56 Quáter: Si cometes una infracción de esta Ley, las multas o castigos que se mencionan aquí se suman a cualquier otra responsabilidad que ya tengas. Esto quiere decir que, además de la sanción, podrías enfrentarte a problemas administrativos, civiles o penales por separado. Artículo 56 Quintus: Si violas esta Ley, te pueden aplicar una o varias de estas sanciones: 1) Una llamada de atención seria (amonestación) con una advertencia de que no se te va a pasar otra. 2) Una multa de hasta 10,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia para calcular cantidades; este valor cambia cada año. 3) Una multa extra, igual de hasta 10,000 UMA por cada día que sigas cometiendo la infracción. 4) Arresto por hasta 36 horas. 5) Otras sanciones que marquen otras leyes.
- Art. 56 TerLa Secretaría de Gobernación es la que decide y pone las multas cuando alguien comete una falta contra esta ley, pero lo hace tomando en cuenta varios puntos. Primero, ven qué tan grave fue lo que hiciste, por ejemplo, si fue algo leve o muy serio. También revisan si dañaste o faltaste al respeto a la Bandera, el Escudo o el Himno Nacional, y si lo hiciste a propósito o sin querer. Además, toman en cuenta tu situación económica y qué tanta educación tienes, y si ya habías cometido la misma falta antes, eso la hace más grave. Al final, las faltas más serias son las que están enlistadas en el artículo 56 de esta misma ley.
- Art. 57Este artículo dice que la letra oficial del Himno Nacional Mexicano es la que aparece aquí. Es la misma que todos cantamos en los eventos cívicos, desde la escuela hasta las ceremonias oficiales. Incluye el coro ("Mexicanos, al grito de guerra...") y las cuatro estrofas completas. No hay que cambiar ni una palabra ni agregar cosas nuevas, porque esta es la versión que la ley reconoce. Así que ya sabes, cuando cantes el himno, esta es la letra correcta que debes seguir.
- Art. 58El Artículo 58 simplemente dice que la música oficial del Himno Nacional mexicano es la que viene escrita en la ley, aunque aquí no la está transcribiendo completa. Esto significa que el himno tiene una melodía específica y establecida por el gobierno, y no se puede cantar con cualquier tonada inventada. En términos sencillos, la ley define cómo debe sonar la música del himno para que todas las personas lo cantemos igual.
- Art. 59El artículo 59 ya no existe. “Derogado” significa que fue cancelado o eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto. En México, cuando un artículo está derogado, no debes tomarlo en cuenta porque ya no es válido. Esto pasó el 11 de mayo de 2018, según la última actualización de la ley. En pocas palabras, ese artículo no aplica para nada.
- Art. 60El Artículo 60 está derogado, lo que significa que ya no existe ni tiene validez legal desde el 11 de mayo de 2018. Los transitorios son reglas para cuando una ley comienza a aplicarse: el primero dice que se eliminó la ley anterior sobre los símbolos patrios, la de 1967. El segundo explica cómo se iba a autenticar la letra y música del Himno Nacional, firmada por el Presidente, los presidentes de las Cámaras y el de la Suprema Corte, y guardada junto con el Escudo y la Bandera. El tercero indica que esta ley entró en vigor el 24 de febrero de 1984. Todo el texto que sigue son las firmas de los funcionarios que la aprobaron y publicaron en ese momento.