- Ley
- LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
- Artículo
- 103
Artículo 103 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La CFE puede decidir cómo usar su propio dinero, pero con límites. El gobierno (Secretaría de Hacienda) propone cuánto puede gastar en sueldos, y los diputados lo aprueban. También debe seguir reglas especiales de presupuesto que están en esta ley. Para todo lo que no diga aquí, la CFE debe manejar sus cosas con honestidad, sin excesos, siendo clara y cuidando el dinero público.
Texto oficial
Artículo 103.- La Comisión Federal de Electricidad cuenta con autonomía presupuestaria, y se sujetará solo al balance financiero y al techo de gasto de servicios personales que, a propuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público apruebe la Cámara de Diputados, así como al régimen especial en materia presupuestaria previsto en el presente Capítulo. En todo lo no previsto en el presente Capítulo, resulta aplicable la regulación que conforme a la presente Ley emita el Consejo de Administración de acuerdo con los principios de responsabilidad social, austeridad, legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, sostenibilidad y rendición de cuentas en la administración de sus bienes y recursos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.