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Artículo 11 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas hijas pueden hacer contratos con personas o empresas privadas, o crear proyectos donde el gobierno y los particulares trabajen juntos. Esto lo hacen para poder ofrecer más servicios, por ejemplo, asociándose o compartiendo gastos, inversiones y riesgos de las actividades que la CFE controla. Siempre deben seguir las leyes y las reglas que su propio Consejo de Administración decida.

Texto oficial

Artículo 11.- La Comisión Federal de Electricidad y sus empresas filiales pueden celebrar contratos con particulares o esquemas de desarrollo mixto que le permitan expandir sus servicios, incluyendo modalidades que les permitan asociarse o compartir costos, gastos, inversiones, riesgos y demás aspectos de las actividades de los que sea titular, conforme a las disposiciones legales aplicables y aquellas que al efecto emita su Consejo de Administración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.