Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 12 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene un "patrimonio", o sea, todo lo que le pertenece y con lo que cuenta para funcionar. Eso incluye los bienes (como terrenos, edificios o equipos), derechos (como cobrar deudas a su favor) y obligaciones (como pagar lo que debe) que ya tiene o que le hayan dado o traspasado. También puede sumar a su patrimonio cosas que reciba como donaciones, dinero del gobierno (ministraciones presupuestarias), ganancias de sus propias operaciones (como vender energía) o ingresos por cualquier otra razón. En pocas palabras, todo lo que la CFE adquiere legalmente o recibe forma parte de lo que es suyo.

Texto oficial

Artículo 12.- El patrimonio de la Comisión Federal de Electricidad está constituido por los bienes, derechos y obligaciones que haya adquirido o se le hayan asignado, transferido o adjudicado; por los que adquiera por cualquier título jurídico, ministraciones presupuestarias o donaciones, así como por los rendimientos de sus operaciones y los ingresos que reciba por cualquier otro concepto. TÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Capítulo I Organización

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.