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Artículo 20 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los trabajadores de gobierno que sean miembros del Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad tienen que tomar decisiones sin favoritismos, pensando solo en lo que sea mejor para la CFE. No deben mezclar los intereses de la dependencia donde trabajan (como la Secretaría de Energía) con los asuntos de la CFE. Esto significa que cuando participan en el Consejo o votan, lo hacen a título personal y no como representantes de su oficina de gobierno.

Texto oficial

Artículo 20.- Las personas servidoras públicas que sean integrantes del Consejo de Administración deben actuar con imparcialidad en beneficio y mejor interés de la Comisión Federal de Electricidad, deben separar en todo momento los intereses de la Secretaría de Estado o empresa pública del Estado a la que pertenezcan, por lo que no se entiende que realizan sus funciones o votan en su representación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.