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Ley
LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que esté a cargo de la Auditoría Externa de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) es elegida por el Consejo de Administración, pero primero el Comité de Auditoría tiene que proponer a esa persona para el puesto. En pocas palabras, el Consejo elige, pero solo puede escoger entre los candidatos que el Comité le sugiere.

Texto oficial

Artículo 59.- La persona titular de la Auditoría Externa de la Comisión Federal de Electricidad debe ser designada por el Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Auditoría.

Ver texto oficial de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (pág. 22) ↗

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