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Ley
LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que pertenecen a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) deben trabajar juntas y de forma organizada. Esto significa que tienen que compartir el uso del dinero, llevar la contabilidad de manera unificada y entregar informes claros sobre sus resultados, tal como lo decida la mesa directiva principal de la CFE.

Texto oficial

Artículo 67.- Las empresas filiales deben funcionar, en su caso, de manera coordinada, consolidando operaciones en la utilización de recursos financieros, contabilidad general e información y rendición de cuentas, según lo acuerde el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad. LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 24 de 46

Ver texto oficial de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (pág. 23) ↗

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