- Ley
- LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 72 dice que cuando la Comisión Federal de Electricidad (CFE) haga negocios o acuerdos con alguna de sus empresas filiales (que son como sus propias hijas o sucursales), tiene que seguir las reglas que ponga su Consejo de Administración para que esos negocios sean aprobados y llevados a cabo. Esto significa que no pueden hacerlo a su antojo, sino que deben cumplir con lo que decida ese grupo de directivos. Básicamente, es una forma de mantener el orden y el control en las transacciones internas de la CFE.
Texto oficial
Artículo 72.- Las operaciones que realice la Comisión Federal de Electricidad con alguna de sus empresas filiales, deben sujetarse en cuanto a su aprobación y ejecución a las disposiciones que al efecto dicte el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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