Artículo 32 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que son consejeras, cuando hacen su trabajo como parte del Consejo de Administración, solo son responsables según lo que marca esta Ley. Esto significa que no les aplican las reglas de responsabilidades de otras leyes, como la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que sí aplican para los servidores públicos federales en general. En otras palabras, los consejeros tienen un régimen especial de responsabilidades solo por lo que dice esta Ley, y no se les juzga como a cualquier otro funcionario público federal.
Texto oficial
Artículo 32.- Las personas consejeras, con relación al ejercicio de sus funciones como integrantes del Consejo de Administración, son responsables exclusivamente en términos de lo dispuesto en esta Ley, por lo que no están sujetas al régimen de responsabilidades establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas o en cualquier otro ordenamiento o disposición aplicable en general a las personas servidoras públicas de carácter federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.