Artículo 38 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres consejero o consejera de Petróleos Mexicanos (Pemex), no te harán responsable por las pérdidas económicas que sufra la empresa o sus filiales por tus decisiones o acciones, siempre y cuando hayas actuado de buena fe. Esto aplica en tres situaciones: 1) cuando sigues todos los pasos necesarios para aprobar los asuntos que te tocan; 2) cuando tu voto o decisión se basa en información que te dieron los directivos, la auditoría externa o expertos independientes; o 3) cuando elegiste la opción que en ese momento parecía más razonable, aunque después salga mal, y no se podía prever el costo. En pocas palabras, si actuaste con honestidad y con la información que tenías a la mano, no te pueden culpar por los resultados negativos.
Texto oficial
Artículo 38.- Las personas consejeras del Consejo de Administración no incurren, individualmente o en su conjunto, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegaren a sufrir Petróleos Mexicanos o alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos u omisiones que ejecuten o las decisiones que adopten, cuando en el actuar de buena fe se actualice cualquiera de los supuestos siguientes: I. Cumplan con los requisitos para la aprobación de los asuntos que competa conocer al Consejo de Administración o, en su caso, a los comités de los que formen parte; II. Tomen decisiones o voten en las sesiones del Consejo de Administración o, en su caso, comités a que pertenezcan, con base en información proporcionada por personas con cargos directivos de Petróleos Mexicanos o de sus empresas filiales, la auditoría externa o las personas expertas independientes, o III. Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o los efectos patrimoniales negativos no hayan sido previsibles; en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión. Sección Cuarta Remoción de las Personas Consejeras
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.