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Artículo 70 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que las empresas filiales de Petróleos Mexicanos (Pemex) deben seguir el plan de desarrollo de la empresa principal y trabajar según las reglas y prácticas que apruebe su Consejo de Administración. Ese Consejo también tiene que definir cómo se van a alinear estas empresas, cómo evaluarlas y las reglas para que Pemex les dé garantías o ellas las den entre sí o a Pemex. Además, para que todo sea claro y se pueda rendir cuentas, el Consejo debe emitir lineamientos sobre cómo Pemex ejerce sus derechos como dueño de esas empresas, cómo deben actuar sus empleados o representantes, y qué información tienen que reportar al Consejo.

Texto oficial

Artículo 70.- Las empresas filiales deben alinear sus actividades al Programa de Desarrollo de Petróleos Mexicanos y conducir sus operaciones con base en la planeación y visión estratégica, y mejores prácticas de gobierno corporativo que aprueba el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, mismo que también debe emitir los lineamientos relativos a su alineación corporativa, evaluación y las políticas para que Petróleos Mexicanos otorgue garantías a su favor, o para que aquéllas otorguen garantías a favor de Petróleos Mexicanos o entre ellas mismas, así como demás aspectos necesarios para su adecuado funcionamiento. Para efectos de transparencia y rendición de cuentas de las inversiones de Petróleos Mexicanos en sus empresas filiales y en las empresas en las que mantenga alguna otra participación accionaria, directa o indirecta, el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, a propuesta de la persona titular de la Dirección General, debe emitir lineamientos que regulen lo concerniente al ejercicio de los derechos que como propietario o accionista correspondan a Petróleos Mexicanos, la actuación de las personas empleadas o mandatarias que ejerzan los derechos correspondientes, la información que deben presentar al Consejo de Administración y los demás aspectos que el propio Consejo determine.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.