Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 68 de la LEY de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Imagínate que tu fondo de ahorro (Fondo de Aseguramiento) no está afiliado a ningún grupo grande. Este fondo tiene que contratar a alguien (un Organismo Integrador) para que le vigile y chequee todas sus operaciones. Puede elegir libremente a quién contrata, o si no, la Secretaría le asigna a alguien. Ojo: si contrata a una persona moral distinta al Organismo Integrador, esa persona NO puede ser la misma que le vende el seguro de reaseguro. El contrato debe firmarse a más tardar 30 días hábiles después de que el fondo se vuelva "no afiliado", y debe avisarle a la Secretaría. Además, el fondo debe cumplir con todas las obligaciones que tendría si estuviera afiliado, incluyendo pagar por este servicio.

Texto oficial

Artículo 68. El Fondo de Aseguramiento no afiliado deberá celebrar un contrato de prestación de servicios de Seguimiento de Operaciones con el Organismo Integrador que elija o con el Organismo Integrador o entidad que le designe la Secretaría. En el caso de una entidad distinta de un Organismo Integrador, ésta no podrá ser la que le brinde el servicio de reaseguro al Fondo de Aseguramiento de que se trate. El contrato a que se refiere el párrafo anterior, deberá establecer las disposiciones previstas en esta Ley para este efecto y efectuarse a más tardar dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que adquiera el carácter de Fondo de Aseguramiento no afiliado, debiendo informarlo a la Secretaría. El Fondo de Aseguramiento no afiliado tendrá todas las obligaciones de los Fondos de Aseguramiento afiliados inherentes al servicio previsto en este artículo incluyendo la de cubrir el costo de dicho servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.