Artículo 88 de la LEY de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal y sus oficinas están obligados a tomar en cuenta lo que digan los Fondos de Aseguramiento (que son grupos de personas que se juntan para protegerse entre sí con seguros) y sus organizaciones principales. Esto aplica cuando se estén creando o manejando programas de seguros que tengan que ver con esta ley. O sea, no es que el gobierno decida solo, sino que tiene que escuchar las ideas y sugerencias de estos grupos antes de actuar. Así, se busca que los programas de seguros funcionen mejor para todos.
Texto oficial
Artículo 88. El Gobierno Federal y sus dependencias, escucharán la opinión de los Fondos de Aseguramiento y de sus Organismos Integradores, en el diseño y operación de programas relacionados con la materia de seguros a que se refiere esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.