Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 91 de la LEY Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando el gobierno vende propiedades o cosas que te quitó por decomiso (por ejemplo, en casos de delitos), el dinero que se junte de esas ventas no se mezcla con otros fondos. Ese dinero se guarda en una cuenta especial, como dice otra parte de esta ley (el artículo 89). Así se aseguran de que esos recursos se usen para lo que corresponde, no para cualquier gasto. Esto aplica desde agosto de 2019.

Texto oficial

Artículo 91.- Los recursos obtenidos por la venta de los Bienes y activos decomisados serán depositados en una cuenta específica de conformidad a lo establecido en el artículo 89 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 09-08-2019

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.