- Ley
- LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Artículo
- 70
Artículo 70 de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay pleitos o desmadres que afectan la paz en las calles, las autoridades encargadas de aplicar esta ley deben tomar las medidas necesarias para que se cumpla al pie de la letra la suspensión o cancelación de los permisos. Esto significa que si alguien tiene un permiso para hacer eventos o vender cosas, y el desorden obliga a suspenderlo, las autoridades tienen que asegurarse de que ya no se use. Cada autoridad actúa solo en lo que le toca, según su cargo o su área.
Texto oficial
Artículo 70.- En caso de alteración de la tranquilidad pública, las autoridades a quienes corresponde la aplicación de esta Ley, dictarán dentro de los ámbitos de su competencia, las medidas necesarias para asegurar el estricto cumplimiento de las disposiciones de suspensión o cancelación de los permisos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.