Artículo 86 de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras, transportas, organizas, reparas, transformas o guardas explosivos sin permiso, te pueden dar de 4 a 6 años de cárcel y una multa de 10 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia oficial para calcular multas. Si el transporte incluye armas especiales como las del tipo a) o b) del artículo 11 (armas de uso exclusivo del Ejército), la cárcel puede aumentar entre un tercio y el doble. Para otras armas, piezas, cargadores o municiones del artículo 11 (excepto las de los incisos a), b) e i), la condena es más dura: de 5 a 30 años de prisión y una multa de 20 a 500 veces la UMA.
Texto oficial
Artículo 86.- Se impondrá una pena de cuatro a seis años de prisión y multa de diez a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona que sin el permiso respectivo: Párrafo reformado DOF 08-02-1985, 03-01-1989, 29-05-2025 I.- Compren explosivos, y II.- Transporten, organicen, reparen, transformen o almacenen los objetos aludidos en esta Ley. La pena de prisión prevista en este artículo se aumentará entre un tercio y el doble cuando el transporte a que se refiere la fracción II sea de las armas señaladas en los incisos a) o b) del artículo 11 de esta Ley, o de sus piezas, componentes, cargadores, municiones o cartuchos que se utilicen para abastecerlas. Párrafo adicionado DOF 03-01-1989. Reformado DOF 29-05-2025 LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 29-05-2025 30 de 48 Si el transporte es de las armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley o de sus piezas o componentes, cargadores, así como las municiones o cartuchos para abastecerlas, excepto las mencionadas en sus incisos a), b) e i), la pena será de cinco a treinta años de prisión y multa de veinte a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Párrafo adicionado DOF 03-01-1989. Reformado DOF 29-05-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.