Artículo 87 de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que te pueden castigar con cárcel de 1 mes a 2 años y una multa de 2 hasta 100 veces el valor diario de la UMA (una unidad que sirve para calcular multas) si haces cualquiera de estas 4 cosas: 1) usas un permiso general para actividades reguladas por esta ley, pero no cumples con las medidas de seguridad que te exigen; 2) mandas armas, objetos o materiales regulados por esta ley a través de empresas que no tienen los permisos de las secretarías de Defensa Nacional y de Infraestructura; 3) tú mismo haces ese transporte sin permiso; o 4) vendes explosivos, fuegos artificiales o sustancias químicas relacionadas a personas o negocios que no tengan el permiso correspondiente (en el caso de los fuegos artificiales, se aplica lo que diga el reglamento).
Texto oficial
Artículo 87.- Se impondrá una pena de un mes a dos años de prisión y multa de dos a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona que: Párrafo reformado DOF 08-02-1985, 29-05-2025 I.- Realice actividades reguladas por esta Ley al amparo de un permiso general, sin cumplir con las condiciones de seguridad a las que estén obligados de conformidad con lo establecido en esta Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable; Fracción reformada DOF 29-05-2025 II.- Remita armas, objetos y materiales que regula esta Ley, si el transporte se efectúa por conducto de empresas que no cuenten con los permisos de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Fracción reformada DOF 29-05-2025 III.- Realicen el transporte a que se refiere la fracción anterior, y IV.- Enajene explosivos, artificios y substancias químicas relacionadas con explosivos, a negociaciones o personas que no tengan el permiso correspondiente de la Secretaría, tratándose de artificios pirotécnicos se sujetarán a la cantidad establecida por el Reglamento de esta Ley. Fracción reformada DOF 29-05-2025
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