- Ley
- LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Artículo
- 87 Ter
Artículo 87 Ter de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien borra, cambia o daña a propósito cualquier número o dato que identifique un arma (como el número de serie, el del fabricante o cualquier otra marca que traiga de fábrica), le pueden caer de 3 a 6 años de cárcel y una multa de 100 a 200 veces el valor diario de la UMA (que es como una medida oficial que se usa para calcular multas). Esto aplica solo cuando se hace de manera ilegal, o sea, sin permiso. La idea es evitar que las armas no se puedan rastrear.
Texto oficial
Artículo 87 Ter.- Se impondrá de tres a seis años de prisión y de cien a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona que de manera ilícita marque, modifique o destruya cualquier dato de identificación de un arma, como el número de matrícula o número de serie de fabricación, el número único de arma, fabricante y lugar de fabricación, o cualquier otro dato consignado de fábrica en el arma para su identificación o rastreo. Artículo adicionado DOF 29-05-2025 LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 29-05-2025 31 de 48
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.