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Ley
LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo
89

Artículo 89 de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con alguna regla de esta ley, la Secretaría puede quitarte los permisos o licencias que te haya dado, además de las otras multas que ya vienen en la ley. Esto quiere decir que, aparte de una posible sanción económica o castigo, puedes perder el permiso para operar o trabajar legalmente. La forma y el momento en que pueden hacer esto los define el reglamento de la ley.

Texto oficial

Artículo 89.- Por la infracción de cualquiera de las normas de la presente Ley, independientemente de las sanciones establecidas en este capítulo, la Secretaría puede, en los términos que señale el Reglamento, suspender o cancelar los permisos o licencias que haya otorgado. Artículo reformado DOF 29-05-2025

Ver texto oficial de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos (pág. 32) ↗

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