- Ley
- LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Artículo
- 89
Artículo 89 de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con alguna regla de esta ley, la Secretaría puede quitarte los permisos o licencias que te haya dado, además de las otras multas que ya vienen en la ley. Esto quiere decir que, aparte de una posible sanción económica o castigo, puedes perder el permiso para operar o trabajar legalmente. La forma y el momento en que pueden hacer esto los define el reglamento de la ley.
Texto oficial
Artículo 89.- Por la infracción de cualquiera de las normas de la presente Ley, independientemente de las sanciones establecidas en este capítulo, la Secretaría puede, en los términos que señale el Reglamento, suspender o cancelar los permisos o licencias que haya otorgado. Artículo reformado DOF 29-05-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.