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Artículo 13 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Cultura, la gente del cine mexicano y los medios públicos tienen que hacer todo lo posible, según el dinero que tengan disponible, para que las películas y videos hechos en México se puedan ver desde que se hacen hasta que se estrenan, tanto aquí como en el extranjero. Esto es para que conozcamos y valoremos más lo que se produce en el país y la variedad de nuestras historias. También deben trabajar junto con museos, casas de cultura, grupos ciudadanos y empresas privadas para que todas las personas tengan las mismas oportunidades de disfrutar ese contenido.

Texto oficial

Artículo 13. La Secretaría de Cultura, el subsector cinematográfico y los medios públicos, conforme a su disponibilidad presupuestaria, deben promover las actividades necesarias para el acceso a las obras cinematográficas y obras audiovisuales nacionales, desde su creación hasta su exhibición a nivel nacional e internacional, con el objeto de fortalecer la identidad y la diversidad nacional. Asimismo, deben colaborar con instituciones culturales públicas, organizaciones de la sociedad civil y del sector privado para ampliar el acceso equitativo al disfrute de dichas obras.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.