Artículo 22 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La distribución de películas y videos es el trabajo de quien sirve como puente entre el que las hace (el productor) y el que las pone en pantalla (el exhibidor). Su chiste es que esas obras lleguen a ti en los formatos que menciona el artículo 24 de esta Ley, como cine, televisión o plataformas digitales. En otras palabras, el distribuidor se encarga de que veas la película donde sea que la puedas disfrutar.
Texto oficial
Artículo 22. Se entiende por distribución cinematográfica y audiovisual a la actividad de intermediación entre quien produce y quien exhibe, cuyo fin es poner las obras cinematográficas y obras audiovisuales a disposición en las modalidades señaladas en el artículo 24 de la presente Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.