Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 24 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo define qué significa que una película o video esté "en circulación". Básicamente, se refiere a todas las formas en que puedes ver, comprar o rentar una película, ya sea en el cine, en un DVD, en plataformas como Netflix, o incluso en formatos que todavía no existen. No importa si la persona que la pone a circular gana dinero o no, lo que cuenta es que la obra se esté promoviendo o vendiendo al público de cualquier manera. Las formas principales son: en salas de cine, en copias físicas para tu casa, en servicios digitales de renta o suscripción, o en cualquier otro medio que se invente en el futuro.

Texto oficial

Artículo 24. Para los efectos de esta Ley, se entiende por circulación, difusión, exhibición, comercialización y puesta a disposición de las obras cinematográficas y obras audiovisuales, al conjunto de actividades dedicadas a la promoción cultural y, en su caso, explotación comercial, cualquiera que sea el medio que se utilice para ello. Estas acciones pueden o no redituar un beneficio económico, y se realizan bajo cualquiera de las modalidades siguientes: I. En pantallas de salas de cine o espacios de exhibición alternativos; II. A través de la renta o venta al público en copias o ejemplares para uso doméstico, independientemente del soporte que las contenga; III. A través de plataformas digitales de video bajo demanda, cualquiera que sea el dispositivo o medio por el que se hacen accesibles, y todos aquellos medios electrónicos que permitan su carga permanente o temporal, y IV. Cualquier otra conocida o por conocer.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.