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Artículo 26 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las plataformas de video como Netflix, Prime Video o Disney+ que operan en México y que ofrecen películas o series (ya sea para rentarlas, comprarlas o verlas con suscripción) deben cumplir con esta ley y su reglamento. Además, están obligadas a tener una sección permanente y fácil de encontrar donde las personas en México puedan ver las películas y series mexicanas que estén en su catálogo. Si una plataforma no tiene contenido mexicano por el tipo de material que ofrece, no necesita poner esa sección. El reglamento va a definir los detalles de cómo se debe hacer todo esto.

Texto oficial

Artículo 26. Las personas prestadoras de servicios de plataformas digitales de video bajo demanda que operen en territorio nacional y que, entre sus objetivos se encuentre la difusión, puesta a disposición y comercialización, incluida la renta o venta de obras cinematográficas u obras audiovisuales, están obligadas a cumplir con las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento y demás normas aplicables. Los sujetos a que se refiere el primer párrafo de este artículo deben ofrecer a las personas usuarias en el territorio mexicano, de manera permanente, una sección relevante que permita acceder con facilidad a las obras cinematográficas y obras audiovisuales nacionales que formen parte de su catálogo. Quedan exentas de la presente obligación aquellas que por la naturaleza de su contenido no cuenten con obras cinematográficas u obras audiovisuales nacionales en su catálogo. El Reglamento establecerá los demás términos y condiciones para regular la presente disposición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.