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Ley
LEY Federal de Cine y el Audiovisual
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los precios que cobres por las películas que muestres al público los va a fijar el gobierno federal, no tú ni tu estado. O sea, no puedes poner el precio que quieras, sino que debes seguir reglas nacionales. Esas reglas aplican para todos los cines o lugares donde se proyecten películas.

Texto oficial

Artículo 27. Los precios por la exhibición pública serán regulados por las disposiciones de carácter federal.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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