Artículo 27 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los precios que cobres por las películas que muestres al público los va a fijar el gobierno federal, no tú ni tu estado. O sea, no puedes poner el precio que quieras, sino que debes seguir reglas nacionales. Esas reglas aplican para todos los cines o lugares donde se proyecten películas.
Texto oficial
Artículo 27. Los precios por la exhibición pública serán regulados por las disposiciones de carácter federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.